Código del Trabajo

Oct 16, 2009 • Publicado en Categoría: Códigos Oficiales de la República
Código del Trabajo EDITORIAL JURIDICA DE CHILE

Colección: Códigos Oficiales de la República
Undécima Edición actualizada a Octubre de 2009
Aprobada por Decreto Nº 439 del Ministerio de Justicia

Formato: 15 x 21,3 cm
Encuadernación: Lujo
ISBN: 956-10-1956-6

Contenido: Incluye anexo con modificaciones:

  • Ley 20.301, del 30 octubre de 2008
  • Ley 20.308, del 27 de diciembre de 2008
  • Ley 20.328, del 20 de enero de 2009
  • Ley 20.321, del 5 de febrero de 2009
  • Ley 20.338, del 1 de abril de 2009
  • Ley 20.336, del 3 de abril de 2009
  • Ley 20.351, del 30 de mayo de 2009
  • Ley 20.345, del 6 de junio de 2009
  • Ley 20.348, del 19 de junio de 2009
  • Ley 20.359, del 27 de junio de 2009
  • Ley 20.366, del 20 de julio de 2009
  • Ley 20.367, del 7 de agosto de 2009
  • Decretos Nº 1.690, del 22 de diciembre de 2008

Impresión Amistosa Impresión AmistosaLISTA DE PRECIOS ACTUALIZADA

Editorial Juridica de Chile : Editorial Jurídica de Chile se fundó en 1945, mediante un acuerdo suscrito entre la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile y la Biblioteca del Congreso Nacional. La Ley Nº 8.737, de febrero de 1947, le concedió personalidad jurídica, y aprobó sus estatutos.
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24 Opiniones »

  1. ¿Dónde se encuentra en Internet el Código del Trabajo actualizado y vigente en Octubre 2009?

    Gracias

    Atte.

    RAR

  2. (como son las razones de despido) …….soy dirigente sindical y me aqueja un problema ,tengo un colega de trabajo que lo acaban de desvincular de sus labores ,las causales de despido son por temas de seguridad ya que esta persona traspaso un area demarcada de seguridad la cual estaba señalada por conos pero , el equipo que estaba coneado estaba detenido y con bloqueo correspondiente el cual no atentaba un riesgo tan grave para el trabajador ,sin embargo el error del trabajador, es traspasar los conos ,el asumio su responsabilidad pero hoy se supo que lo despiden sin un finiquito correspondientes , me refiero a los años de servicio espero que me aclaren este temita para poder alludar a mi colega en los tramites correspondiente sin otro particular
    ett.
    carlos gallardo lopez

  3. Buenas tardes: Quisiera saber si es cierto que despues de 3 domingos laborados seguidos en el mes, estos deben ser liquidados con un recargo del 1.75%, con compensatorio, o por el contrario deben cancelarse con recargo del 0.75%.
    Gracias por su colaboracion.

  4. si a una empleada de casa particular su empleador le da termino a su contrato, pero le renueva contrato en la empresa que el tiene, devera cancelarle los años de servicios o seguir con la antiguedad que tiene esta empleada?
    ya que no se le quiere hacer valer la antiguedad que tiene en la casa particular ni tampoco pagar indemnisacion por el tiempo trabajado, es decir que renobara contrato en otra empresa con el mismo empleador comensando desde cero.
    dde antemano, muchas gracias

  5. ¿ que pasa si por tener turnos rotativos en el mes no tengo ningun dia domingo libre’? ¿sicomienzo a.trabajar un dia domingo a las 9.30pm y termino el.dia lunes a las 07.00amcual es mi dia libre ¿este dia lunes es saliente o es libre ?

  6. Desde marzo que trabajo en una casa de reposo en la comuna de Maipu,pero los horarios que tenemos no nos agradan y son los siguientes:09:00-21:00hrs.,08:00-17:00 y 12:00-21:00hrs eso si que nosotros tomamos desayuno,almorzamos y a veces segun los turnos la once.Cuando ingresamos nos dijeron que tenemos un domingo por medio libre y esto no es asi es solamente cuando nos toca turno.Quisiera que me indicara si realmente para persona com o nosotros que trabajamos enesto hay leyes en cuanto a horarios y dias trabajados y de descanso tenemos porque los jefes a veces disponen de nuestros tiempo y si no lo hacemos se molestan y andan contestando mal y la agarran con uno.

  7. Hola, tengo el siguiente problema; soy director sindical (secretario) con 5 meses en el cargo, en el desempeño de mis funciones he detectado muchas irregularidades realizadas por los otros 2 dirigentes, los cuales llevan años en sus cargos (uno tiene 27 años como director). Esto me ha traído como consecuencia que me ignoran en todas las actividades que el directorio realiza en forma habitual, y me he enterado con preocupación que están maniobrando una forma de sacarme del cargo. Sé que tengo el apoyo de muchos socios, pero muchos también desconocen la situación ya que ha pesar que nuestros estatutos establecen reuniones sindicales una por mes, éstas no se realizan desde hace varios meses. Hay muchos puntos de nuestros estatutos que son muy explícitos en muchas materias de transpariencia, pero que ellos deliberadamente no las cumplen, y el no estar de acuerdo con su proceder me ha traído problemas. Quisiera por favor si me pueden ayudar en esto, soy un dirigente sin ninguna experiencia, pero con muchas ganas de trabajar por los trabajadores, en forma transparente y honrada, y que me he encontrado que no siempre las cosas son como debieran ser. Muchas gracias por la ayuda que me puedan brindar.

  8. Favor Necesito saber lo siguiente. si un trabajador que lleva un año y tres meses en la empresa y el renuncia, se le debe pagar un mes por año o solo se le debe pagar el feriado proporcional.
    desde ya muchas gracias.

  9. Una Trabajador si cumple la edad legal y sepensiona tiene derecho arecibir indemnizacion por años deservicios

  10. Trabajo en una empresa de Alimentacion y tengo contrato desde el 01 de Marzo hasta el 31 de Diciembre de este año, me he tomado dos veces vacaciones, 5 dias la primera y un dia la segunda vez, en ambos casos a sido obligado ,mi empleador ahora me dice que me quedan 6 dias de vacaciones y que debo de hacer uso de ellos porque es un derecho, y que si no lo hago no me los pagaran, mi pregunta es : es verdad que es un derecho y que debo hacer uso de este feriado por que o sino lo pierdo.

  11. Si alguien me pudiese ayudar con mi consulta, mi Mail es grardobravo@hotmail.com GRACIAS

  12. necesito conocer leyes relacionadas con call center x favor

  13. Buenas tardes, quisiera sabes que articulo tendria que colocar en una carta de amonestacion debido a que un
    trabajador se toma atribuciones no autorizadas por su jefe.

    Muchas Graciassssss

  14. me gustaria que me expliquen donde puedo encontrar la argumentacion legal acerca del pago de las vacaciones y de donde sale dicho dinero.

    asimismo deseo saber si es obligatorio cancelar aguinaldos

  15. Buenos dias:

    Mi consulta es.

    Fui finiquitado por necesidad de la empresa. La empresa me trajo a la ciudad donde estoy actualemente, cancelando la mudanza. la empres al finiquitarme debe cancelar la mudanza hasta la nueva ciudad donde me voy a radicar ?

  16. BUENAS TARDES, QUISIERA SABER SI CORRESPONDE PAGAR A UNA TRABAJADORA LA ASIGNACION DE COLACION DURANTE EL PERIODO DE PRE Y POST NATAL. GRACIAS.

  17. Quisiera saber si aun existen los dias administrativos y cuantos serian al año.
    Agradeciendo de antemano su atencion
    Atte.

  18. Necesito saber si cuando uno se cambia de casa es legal que tiene la empresa que asignar un dia ya que son muchas las cosas que implica una mudanza.
    agradeceria que me respondieran.

  19. Hola..
    Necesito saber como calcular las horas extras, tambien quisera saber cuanto es la cantidad maximas de horas extras que se puede trabajar a la semana. TAmbien quisiera saber si una persona que trabaja de lunes a sabado, puede, ademas trabajar uno o dos domingos al mes.. obviamente pagandole las horas extras..

    Por favor, estaria muy agradecida mes respondieran pronto..

    Gracias.

  20. Mi consulta es la siguiente:
    a la fecha tengo 63 años, se me llamó cuando cumplí los 60 años para saber si me jubilaba yo en ese momento respondí que deseaba hacerlo a los 65 años pero ahora nuevamente se me ha vuelto a llamar y se me ha dicho que ahora si o si debo de jubilarme, cuando empecé a trabajar pertenecía al ministerio de educación al traspaso en el año 1986 a la municipalidad nos empezamos a regir por el código del trabajo ( claro que para algunas cosas y para otras no, según la conveniencia creo yo) quiero saber si yo quiero hacerlo cuando cumpla los 65 años, se puede si o no y si se puede y me negase a firmar que me sucedería ya que en este momento me dan 11 meses de indenmisación del haber de mi sueldo actual, y si hay otra ley que me ampare por el motivo que fui traspasada y se me debiera pagar mas de los 11 meses, yo hice un reemplazo desde el 6 de agosto al 01 de diciembre de 1979 luego reincorporó como titular o de planta el 02 de abril de 1980, espero respuesta urgente por favor para prepararme ya que en marzo me llaman nuevamente y saber que hacer gracias por su ayuda y espero una pronta respuesta
    atentamente pury

  21. Buenas tardes yo necesito saber si es legal que teniendo licencia por 3 dias me descuente la gratificacion ya que en mi caso la pagan mensual. Y en caso de tener un hijo y tengo fonasa la empresa no me paga gratificacion?
    agradezco mucho su respuesta
    Saludos
    Beatriz Olivarez

  22. es verdad que salio una nueva ley que algunas personas ya no tienen derecho a la gratificacion legal

  23. cual es el articulo 20 del codigo del trabajo

  24. Contrato de trabajo agrícola Hijuela xx1 Abr.1994 empleadora María Cecilia, campo dedicado a viñedos, con 8 hrs. diarias Contrato de trabajo 1.07.2003. Contrato de Trabajo Soc Agr. dedicada a cultivo arándanos,,desde 1.jul.2003,empleadores María Cecilia Esc xx y Benjamín Fdez con 8 hrs.,ambos como obrero agrícola
    Tiene dos contratos indefinidos con Hijuela y Soc. agr. sin mediar finiquito para Hijuela, cese de funciones, fusión de sociedades(Hijuela emite sus guías de venta uva como Rut y María Cecilia) a Concha y Toro y Soc. agr. extiende sus guías a Emp exp. como Rut Soc. agr. ¡Existen dos empresas?- no existen modificaciones o ampliación de deberes en el contrato último, sólo se deja establecido y
    necesito la interpretación del código (art. 4) se reconocen deberes y derechos de (Maria Cecilia),como empleadora (continuidad de razón social)desde el 1.11.2001 1l 31.7.2003 . Se deja constancia que el empleado entró al servicio el 2.11.2001.
    Hay anexo contrato de Hijuela con fecha 1.3.2003 se modifica remuneración mensual en $150mil
    Contrato de 07.2003 Soc. agr.fija sueldo mensual en $115mil , los primeros meses recibió 1/2 sueldo con papeleta de Soc. agr. Pregunta¡ Existe continuidad?
    El 30 de Enero sin previo aviso entrega carta de desalojo de casa habit. y cese de funciones al 1 de febrero.
    Solicita interpretación e informarle de sus derechos y obligaciones para presentarlos la próxima semana en la Insp. del Trabajo, tiene original de contratos y anexo al contrato
    Quien expone el problema tiene poder amplio para representarlo
    Gracias

    Desde el 2.11.2001 a 1.7.2003 no recibió sueldo

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