Informativo Semanal: 16 al 22 de Agosto de 2008

ONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

La Ley N° 20.285, de 20 de agosto de 2008, sobre Acceso a la Información Pública, que regula el principio de transparencia de la función pública, el derecho al acceso a la información de los Órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información, modifica los siguientes textos incorporados en el apéndice de este texto:

- Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades (DFL N° 1, de 2002).  Agrega un inciso final al artículo 12 que dispone que las resoluciones estarán a disposición del público y deberán ser publicadas en los sistemas electrónicos o digitales que disponga la municipalidad. Agrega además un  inciso final al artículo 82 que establece que las actas del concejo se harán públicas mediante sistemas electrónicos o digitales, conteniendo a lo menos, la asistencia a la sesión, los acuerdos adoptados  y la forma en que fueron votados.

- Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado (DFL N° 1, de 2002).  Deroga los incisos tercero y siguientes del artículo 3° y el artículo 14. Modifica también el inciso segundo del artículo 21, agregando entre los organismos a quienes no se les aplica este título el “Consejo para la Transparencia”.

- Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos del Estado. Reemplaza el inciso segundo del artículo 16, el cual dispone que, salvo excepciones establecidas en la Ley de Transparencia de la función pública o en otras disposiciones legales aprobadas por quórum calificado, son públicos los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, como sus fundamentos y documentos en que se contengan y los procedimientos que se utilicen para su elaboración o dictación.

CÓDIGO PENAL

La Ley N° 20.285, mencionada precedentemente, deroga el artículo 8° del Decreto Ley N° 488, de 1925, sobre Archivo General del Gobierno, trascrito en nota del Párrafo 7° del Título V del Libro II de este Código. En consecuencia se elimina la nota señalada.

Santiago, 22 de agosto de 2008

Consultas al teléfono (2) 461 9582 o e-mail a: pilar.iruarrizaga@editorialjuridica.cl

Autor: Editorial Juridica de Chile
Editorial Jurídica de Chile se fundó en 1945, mediante un acuerdo suscrito entre la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile y la Biblioteca del Congreso Nacional. La Ley Nº 8.737, de febrero de 1947, le concedió personalidad jurídica, y aprobó sus estatutos.