Informativo Semanal: 23 al 29 de Enero de 2010

Feb 1, 2010 • Publicado en Categoría: Informativo Semanal

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

La Ley N° 20.417, de 26 de enero de 2010, crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, modificando la Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, incorporada en el apéndice de este texto. Se sustituye el Título final de esta Ley, sobre la Comisión Nacional del medio Ambiente, por el que denomina “Del Ministerio del Medio Ambiente” artículos 69 a 88. Este nuevo título trata la naturaleza y funciones del nuevo Ministerio, del Consejo de Ministros para la sustentabilidad, naturaleza y funciones, la organización, el personal, y crea el Servicio de Evaluación Ambiental. Modifica a su vez los artículos 2°, 4°, 8°, 9°, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41, 42, 43, 44, 46, 50, 53, 65, 66, 67;  reemplaza el artículo 64;  agrega los párrafos 1° bis “De la Evaluación Ambiental Estratégica” y 3° bis “Del Acceso a la Información Ambiental”, los artículos 9° bis, 9° ter, 11 bis, 11 ter, 12 bis, 13 bis, 14 bis, 14 ter, 15 bis, 18 bis, 18 ter, 18 quáter, 19 bis, 25 bis, 25 ter, 25 quáter, 25 quinquies, 25 sexies, 30 bis, 30 ter, 48 bis ; y deroga los artículos 17, 23, 56, 57, 58, 59.  El artículo segundo de esta nueva ley crea la Superintendencia del medio ambiente, estableciendo su ley orgánica.

Esta ley modifica además, el artículo 25 del DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, incorporada en el apéndice de este texto. Establece nuevas funciones relativas al medio ambiente a la unidad encargada de la función de medio ambiente aseo y ornato, incorporando al artículo señalado las letras d), e) y f) nuevas.


CÓDIGO DE AGUAS

La Ley N° 20.417, mencionada precedentemente, modifica el artículo 129 bis 1 de este Código. En el inciso segundo agrega una disposición estableciendo que un reglamento, con firmas del Ministerio del Medio Ambiente y Obras Públicas, determinará los criterios en virtud de los cuales se establecerá el caudal ecológico mínimo. En el inciso tercero sustituye la referencia de la Comisión Regional del Medio Ambiente por la del Ministerio del Medio Ambiente, y elimina la frase final.


LEYES TRIBUTARIAS

El Decreto N° 77, de 2 de junio de 2009, del Ministerio de Planificación, publicado en el diario oficial de 26 de enero de 2010, aprueba el Reglamento del Fondo Mixto de Apoyo Social y de donaciones con fines sociales sujetas a beneficios tributarios contemplados en la Ley N° 19.885, incorporada en este texto. Este Decreto deroga el Decreto N° 266, de 2004, anterior reglamento que se mencionaba en nota al epígrafe del titulo I de la Ley 19.885. En consecuencia se actualiza la nota señalada.
Santiago, 29 de enero de 2010

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