CÓDIGO CIVIL
La Ley N° 20.416, de 3 de febrero de 2010, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, introduce modificaciones a la Ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, incorporada en el apéndice de este Código. Agrega en el N°1 del artículo 1° la disposición de que en ningún caso podrán ser considerados consumidores los que de acuerdo al número siguiente deban entenderse como proveedores. En el artículo 24 inciso final, cambia la referencia al grado de negligencia en que haya incurrido el infractor, por los parámetros objetivos que definan el deber de profesionalidad del proveedor, el grado de asimetría de información existente entre el infractor y víctima, el beneficio obtenido con motivo de la infracción. En la letra c) del artículo 53, agrega una disposición estableciendo que la suma de las multas que se apliquen por cada consumidor afectado tomará en consideración en su cálculo los elementos descritos en el artículo 24 y especialmente el daño potencialmente causado a todos los consumidores afectados por la misma situación.
CÓDIGO DE COMERCIO
La Ley 20.416, señalada precedentemente, modifica los artículos 109 y 240 del Libro IV de este Código y la Ley N° 20.169, que regula la competencia desleal, incorporada en el apéndice de este Código. En el artículo 109 sustituye el monto de 1.000 UF por 2.000 UF y en el artículo 240 agrega un inciso segundo que dispone la aplicación de este artículo a los deudores comprendidos en el artículo undécimo de la ley N° 20.416, aunque se encuentren comprendidos en el artículo 41 y el plazo de la rehabilitación será de seis meses contados desde que se hubiere declarado la quiebra. En la Ley N° 20.169, establece nuevos actos de competencia desleal agregando las letras h) e i) al artículo 4° de esta ley.
CÓDIGO DEL TRABAJO
La Ley N° 20416, mencionada, agrega los artículos 505 bis, 506 bis y 506 ter, y sustituye los artículos 506 y 511, de este Código. La nueva normativa clasifica a los empleadores en función del número de trabajadores, en micro (de 1 a 9 trabajadores), pequeña (de 10 a 49 trabajadores), mediana (de 50 a 199 trabajadores) y gran empresa (de 200 trabajadores o más), determina las multas por infracciones al Código y leyes complementarias, la reducción de las mismas cuando acreditan la corrección de la respectiva infracción y la sustitución de éstas, sobre la en base de esta clasificación.
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR
La Ley N° 20.424, de 4 de febrero de 2010, que establece el Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional, modifica la Ley N 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, incorporada en el apéndice de este Código. Sustituye el inciso segundo del artículo 46, en el que se cambia la referencia al artículo 93 por 104 de la Constitución Política y deroga la letra a) del artículo 62.
AVISO: este informativo se suspenderá hasta el viernes 12 de marzo de 2010, fecha en que se reanudará con la información acumulada a esa fecha.
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